Retomando nuestro post anterior ¿Busca la evaluación culpables?, en el que indicamos que la evaluación busca reforzar la responsabilidad (rendición de cuentas) y no tanto busca culpables: en un sentido amplio ya hemos hablado de lo que se entiende por rendición de cuentas : al “conjunto de derechos y responsabilidades existentes entre los ciudadanos y las instituciones que afectan a su vida”.
La rendición de cuentas incluye tres dimensiones:
(1) Obligatoriedad: derecho a obtener una respuesta por parte de la ciudadanía y la obligación de darla por parte de las instituciones.
(2) Exigibilidad: capacidad para asegurar que una acción se lleva a cabo y sancionar si ello no ocurre.
(3) Evaluabilidad: valoración positiva o negativa de las instituciones (Newell y Bellour, 2002 y Blagescu, de Las Casas y Lloyd, 2005 en Toledano et al, 2008: 18).
Esto lleva a diferentes modelos de rendición de cuentas según su carácter:
(1) Carácter político o control al ejecutivo: combina modelos obligatorios (control parlamentario, elecciones) y voluntarios (comparecencias públicas);
(2) Carácter jurídico o legal, marcado por la obligatoriedad, exigibilidad y cumplimiento de las normas y sanciones;
(3) Carácter de gestión de recursos, marcado por la exigencia y obligatoriedad de auditoría respecto a la normal.
…pues apliquemos la rendición de cuentas por medio de la evaluación en el contexto del COVID: obligatoriedad, exigibilidad y evaluabilidad
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